Guía para la redacción de informes según el Acuerdo de diálogo social sobre la sílice cristalina

Guía para la redacción de informes según el Acuerdo de diálogo social sobre la sílice cristalina

En abril de 2006 fue firmado, en ocasión del Diálogo social europeo, el “Acuerdo para la protección de la salud de los trabajadores a través del buen manejo y uso de la sílice cristalina y de los productos que lo contienen” (Acuerdo SDA), por representantes a nivel europeo de empleados y empleadores de 14 sectores industriales: áridos, industria del cemento, industria de la cerámica, fundiciones, industria del vidrio (vidrio común, especial y para embotellamiento), industria de minerales metálicos y minerales industriales, lana mineral, industria de piedra natural, industria de mortero e industria de hormigón prefabricado. En junio de 2009, el sector de la industria de arcilla expandida firmó el Acuerdo que ahora representa a 15 sectores de la industria.

Información de NEPSI

Propuesta de una nueva directiva Seveso

Proposal for a new Directive

The new Seveso III Directive proposal is under negotiation; a report outlining the likely impact on COMAH sites of possible changes is now available.

On 21 December 2010 the European Commission adopted a proposal for a new Directive on the control of major-accident hazards involving dangerous substances that would replace the Seveso II Directive by 1 June 2015.
Proposal for a new Directive

The main aim of the proposal is to address the consequences to the regulation of major-accident hazard sites from changes to EU legislation on the classification, labelling and packaging of chemical substances and mixtures .

The Commission has also taken this opportunity to review the need for other changes to the Directive. It proposes no fundamental changes but aims to strengthen a number of areas such as those relating to public access to information and standards of inspection.

The Commission has also published an impact assessment of the proposals .
impact assessment

Jornada técnica: Seguridad viaria y gestión de la movilidad

El 24 de mayo se celebrará en el Centro del ISSGA en A Coruña una Jornada técncia sobre Seguridad viaria y gestión de la movilidad  realizada por el ISSGA en colaboración con la Mutua Unversal.





PROGRAMA
10 - 12 h
Enfoque actual de la movilidad laboral. Marco normativo.
Características y metodología de implantación de planes de movilidad.
Propuesta de medidas a implantar.
12 - 12.30 h - Descanso
12.30 - 13.15 h
Integración de la seguridad vial en el plan de prevención de la empresa: orientaciones
13.15 h - Coloquio
PONENTE: Paula D. Fragueiro Barros
Responsable Psicosociología
Gestión de la siniestralidad - MUTUA UNIVERSAL

Nuevas Guías técnicas del INSHT

El INSHT ha publicado en este mes de abril dos nuevas Guías técnicas de Simplificación Documental
y de Criterios de Calidad del Servicio de los Servicios de Prevención Ajenos. Igualmenet publicó la 2ª edición de la Guía técnica de obras de construcción


Guía Técnica de Criterios de Calidad del Servicio (pdf, 494 Kbytes)

Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción  2ª edición

Jornada técnica: La investigación en salud laboral

En el Centro ISSGA de A Coruña se desarrolló el 27 de abril una Jornada técnica sobre "La investigación en salud laboral" que tuvo por destino los profesionales de prevención de riesgos especialmente médicos del trabajo e higienistas industriales.

Celebrandose también en esta Jornada ELDÍA MUNDIAL DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Se puede acceder a los relatorios de esta jornada en:
acceso a relatorios Jornada "La investigación en salud laboral"

Programa


10.15.- PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DEL ISSGA EN SALUD LABORAL
Ponente: Nieves Lorenzo Espeso. Jefa Equipo Técnico de Medicina Laboral. Médica especialista en Medicina del Trabajo. ISSGA

11.00.- LAS GRANDES LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN ANTE LOS RETOS DE UN MUNDO DE TRABAJO DINÁMICO
Ponente: Nieves Lorenzo Espeso. Jefa Equipo Técnico de Medicina Laboral. Médica especialista en Medicina del Trabajo. ISSGA
12.00.- LA MATRIZ DE EMPLEO-EXPOSICIÓN ESPAÑOLA (MATEMESP)
Ponente: Ana García
Catedrática de Medicina Preventiva y Salud Pública. Universidad de Valencia

12.30.- LA INVESTIGACIÓN EN SALUD LABORAL: PERSPECTIVA DESDE LA SGPRL
Santiago Díaz de Freijo. Médico especialista en Medicina del Trabajo

13.00.- COLOQUIO

13.30.- CLAUSURA
Adela Quinzá-Torroja García. Directora del ISSGA

Hearing protector selection program for orchestra musicians

Unimpaired hearing is part of a musician's capital. Under the German OSH regulation governing noise and vibration (LärmVibrationsArbSchV), employers are obliged to protect employees against noise which presents a hazard to their hearing. Musicians, however, frequently conduct a number of tasks (solo practising, teaching, etc.) involving noise exposure which the musician's employer often cannot be completely aware of.

For such cases, a selection program is available for musicians which assists them in determining their own exposure to noise and selecting suitable hearing protectors.

download program

Servicio de determinaciones analíticas del ISSGA

El ISSGA pone a disposición de los/las interesados/as el servicio consistente en la realización de determinaciones analíticas de muestras ambientales y biológicas procedentes de la exposición a agentes químicos.



Este servicio se lleva a cabo a través del Laboratorio de referencia de higiene analítica, situado en el centro del ISSGA en Pontevedra.
Destinatarios:
• Servicios de prevención ajenos.
• Servicios de prevención propios o mancomunados.
• Empresas privadas.
• Administraciones públicas.

 
Estos servicios están sujetos a precios privados, pudiendo consultarlos en la información. 



Laboratorio de referencia de higiene analítica:
Dirección: Camiño Coto do Coello, nº 2.
36812 Rande – Redondela – Pontevedra
Teléfono: 886 218 100
Fax: 886 218 102


 


 Procedimiento de solicitud:  ver toda la información

Sleep and work



We know that sleep is important.  The need for sleep is biologically similar to the need to eat and drink, and it is critical for maintaining life and health and for working safely.  Sleeping 7 to 8 hours a night is linked with a wide range of better health and safety outcomes. NIOSH has been actively involved in research to protect workers, workers’ families, employers, and the community from the hazards linked to long work hours and shift work. In honor of National Sleep Awareness Week, we have summarized the sleep and work issue below and, in a companion blog tomorrow, will highlight NIOSH research in this area.

A growing number of American workers are not getting enough sleep. Research shows an increase from 24% in the 1980s to 30% in the 2000s in the percentage of American civilian workers reporting 6 or fewer hours of sleep per day—a level considered by sleep experts to be too short (Luckhaupt, Tak, & Calvert 2009).

Why are more Americans getting less sleep? Work demands are one factor. The timing of a shift can strain a worker’s ability to get enough sleep. Working at night or during irregular hours goes against the human body’s biology, which is hard-wired to sleep during the night and be awake and active during the day. Still, society needs certain workers around the clock to provide vital services in public safety, healthcare, utilities, food services, manufacturing, transportation, and others. The resulting shift work—any shift outside the normal daylight hours of 7 a.m. to 6 p.m.—is linked to poorer sleep, circadian rhythm disturbances, and strains on family and social life. It is not possible to eliminate shift work altogether, so the challenge is to develop strategies to make critical services available while keeping workers healthy and everyone around them safe. In addition to shift work, some data suggest that a growing number of employees are being asked to work long hours on a regular basis. Every extra hour on the job is one less spent attending to the person’s off-the-job responsibilities. When the day is too full to fit everything in, it is often sleep that gets the short shrift.

information

South Korea schools littered with asbestos

Asbestos exists in approximately 96 percent of all school buildings in South Korea, a new report suggests.
According to South Korea’s news agency Yonhop, the Gyeonggi Provincial Office of Education examined 100 schools in six major cities and provinces across the Asian nation. Experts detected asbestos, which is a cancer-causing construction material, in 96 of them.

Education officials said that it would cost 5.4 trillion won, or $4.9 billion, to dismantle and rebuild the contaminated facilities.

According to Bernama, Malaysia’s national news agency, the report indicated that asbestos was most commonly found in buildings constructed within the previous two decades. A total of 82.5 percent of the schools built between 1990 and 2000 were found to have asbestos, while five of the eight built since 2000 contained the harmful material, despite the fact that South Korea banned the use of asbestos in new construction projects in the late 1990s.

Parents who are concerned that their children’s school may be contaminated with asbestos may want to contact an asbestos law firm to pursue legal action against the local district.A

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Guía europea de evaluación de riesgos laborales

Evaluación de riesgos

La evaluación de riesgos constituye la piedra angular del enfoque europeo para la prevención de accidentes y enfermedades laborales.

Existen buenas razones que justifican este principio. Si el proceso de evaluación de riesgos -la base del enfoque de gestión de la salud y la seguridad- no se lleva a cabo correctamente o, simplemente, no se lleva a cabo, será muy difícil determinar y adoptar las medidas de prevención adecuadas.

Cada año, millones de personas en la UE sufren lesiones laborales o ven su salud gravemente dañada por motivos derivados del trabajo. Por esta razón es tan importante la evaluación de riesgos y constituye la clave para unos trabajos saludables. La evaluación de riesgos es un proceso dinámico que permite a las empresas y organizaciones adoptar una política activa de gestión de riesgos en el lugar de trabajo.

Por estos motivos, es importante que las empresas de todo tipo y tamaño lleven a cabo evaluaciones periódicas. Una evaluación de riesgos adecuada garantiza, entre otras cosas, que se tienen en cuenta todos los riesgos pertinentes (y no solo los más inmediatos o evidentes), se comprueba la eficacia de las medidas de seguridad adoptadas, se documenta los resultados de la evaluación y se revisa la evaluación periódicamente para asegurar su vigencia.

 El documento legislativo europeo más importante en materia de evaluación de riesgos es la Directiva marco 89/391. Esta Directiva se ha incorporado a la legislación nacional. No obstante, los Estados miembros tienen derecho a aplicar disposiciones más rigurosas para proteger a sus trabajadores 

La Comisión Europea ha elaborado una  guía importante para ayudar a los Estados miembros, así como a empresarios y trabajadores, a cumplir su obligación de evaluar los riesgos, como se establece en la Directiva marco 89/391.


Para mas información ir a:

EU-OSHA

Guia de evaluación de riesgos

El ruido en el sector de la musica y el ocio

Código de conducta con orientaciones prácticas para el cumplimiento del Real Decreto 286/2006 en los sectores de la música y el ocio

La mayoría de los instrumentos musicales supera los 100 dB(A) cuando se toca con intensidad y, prácticamente todos, alcanzan 80 dB(A). Los intérpretes y el resto de trabajadores de los sectores de la música y el ocio pueden sufrir daños auditivos, de la misma forma que los trabajadores del sector del metal, de la industria textil o de la construcción. Sin embargo, mientras que el resto de empresas deben cumplir desde abril de 2006 el Real Decreto 286/2006 sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos de la exposición al ruido, se permitió a los sectores de la música y el ocio un período de transición de dos años. Esta excepción supone reconocer que el mundo de la música tiene características específicas, la principal de las cuales es el hecho de que el ruido se produce deliberadamente, pues forma parte de la actividad.

Frecuentemente se cree inevitable, o incluso necesario, que existan elevados niveles sonoros en bares musicales, discotecas, clubes nocturnos, teatros, estudios de grabación y orquestas, pero el nivel de ruido se puede reducir. A menudo la reducción depende sólo de la voluntad de las personas que intervienen en el evento, y su efecto puede ser notable. Una disminución de sólo 3 decibelios supone reducir la dosis de ruido recibida en un 50%, sin que ello implique necesariamente reducir calidad en la percepción.

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo elaboró un Código de conducta con orientaciones prácticas para ayudar a los trabajadores y empresarios de los sectores de la música y el ocio a cumplir sus obligaciones legales, complementando Guía Técnica del Real Decreto 286/2006 que ya fuera editada por el INSHT en 2009.

Viene a dar respuesta a un problema importante que es el riesgo de perdida auditiva en los sectores de música y ocio

Codigo de conducta publicado por el INSHT

AEHI Asociación Española de Higiene Industrial

Acaba de publicarse la web de la Asociación Española de Higiene Industrial  AEHI


La Asociación Española de Higiene Industrial es una asociación técnica y científica que nace de la motivación de un grupo de técnicos apasionados por la higiene industrial con el fin de promocionar la profesión en España. Me parece una iniciativa muy interesante y necesaria.

Sus objetivos se enfocan al trabajo y esfuerzo de mejorar los lugares de trabajo eliminando y/o minimizando los riesgos derivados de las exposiciones a agentes físicos, químicos y biológicos.  Consideran que es fundamental la agrupación de todos aquellos que se dedican a la práctica diaria de la higiene industrial.

Recomendable visitar su web AEHI e interesarse por esta asociación

Nueva aplicación informática para la exposición dérmica a productos químicos INSHT

Los efectos derivados de la exposición dérmica a productos químicos pueden ser locales, originando con frecuencia enfermedades de la piel, o sistémicos, causando alteraciones o daños en órganos o sistemas específicos, una vez absorbidos y distribuidos por el organismo. La penetración de sustancias a través de la piel puede ser una vía de entrada importante por sí misma o bien contribuir a la toxicidad general de las sustancias absorbidas por otras vías, como la inhalatoria.

La normativa sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y preparados peligrosos (Real Decreto 363/1995, Real Decreto 255/2003 y Reglamento CE 1272/2008), recoge la importancia de la vía dérmica en la aparición de efectos locales y sistémicos y les asigna las correspondientes frases de riesgo (frases R) o indicaciones de peligro (frases H). Además, la normativa sobre protección contra los riesgos por agentes químicos (RD 374/2001), así como la de comercialización de productos fitosanitarios (Reglamento CE 1107/2009) y biocidas (RD 1054/2002), obliga asimismo a evaluar la exposición dérmica.

Esta aplicación informática fue desarrollada en el proyecto europeo "Evaluación del riesgo por exposición dérmica laboral a sustancias químicas" (RISKOFDERM), que se llevó a cabo durante 4 años con la participación de 15 organizaciones de 11 países europeos, entre ellas el INSHT. Uno de los resultados más importantes del proyecto ha sido la elaboración de una herramienta informática para la evaluación y gestión del riesgo por exposición dérmica en PYMEs. Hasta el momento sólo se disponía de la versión original en inglés y otra posterior en alemán, presentándose en esta Jornada Técnica la versión en español, que ha sido realizada por el INSHT en colaboración con MC Mutual.