El Viernes Santo se publica en el BOE la eliminación de la fecha de caducidad de los yogures


El Gobierno español ha eliminado una norma que establecía en 28 días la fecha de caducidad de los yogures desde su fabricación para dejar que los fabricantes indiquen una fecha de consumo preferente del producto en función de su propio desarrollo tecnológico.
"Cada fabricante podrá poner una fecha de consumo preferente. Cuando se revisen las normas de calidad, cada fabricante, en función de sus desarrollos tecnológicos podrá poner la fecha que estime más conveniente, no 28 días", dijo el ministro Miguel Arias Cañete,

En la práctica, la nueva norma -publicada en el festivo de Viernes Santo en el BOE- abre la puerta a que los fabricantes amplíen el plazo indicado para el consumo de este producto lácteo ampliamente extendido, lo que a su vez facilita la labor logística de intermediarios como los supermercados.

El Boletín oficial del Estado (BOE) publicó el viernes santo el Real Decreto 176/2013, por el que se deroga el RD 179/2003 deroga total o parcialmente determinadas reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad referidas a productos alimenticios.

En el mismo se procede a la derogación de los requisitos de higiene establecidos en las reglamentaciones técnico-sanitarias para la elaboración, almacenamiento, transporte y comercialización o venta de alimentos, así como en normas de calidad, que se habían desarrollado a nivel nacional.

Así mismo se derogan preceptos redactados como fórmulas tipo de carácter general, que afecta a aspectos tales como etiquetado general, aditivos alimentarios, materiales destinados a entrar en contacto con alimentos y contaminantes.