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Aumenta la capacidad legal de los empresarios de asumir personalmente la prevención

La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización  modifica la Ley de prevención de Riesgos laborales aumentando la capacidad del empresario de asumir personalmente funciones de prevención.

El Artículo 39 de la Ley 14/2013 titulado Prevención de riesgos laborales en las PYMES dice:

"La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, queda modificada en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el artículo 30.5, que queda redactado del siguiente modo:
«5. En las empresas de hasta diez trabajadores, el empresario podrá asumir personalmente las funciones señaladas en el apartado 1, siempre que desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo y tenga la capacidad necesaria, en función de los riesgos a que estén expuestos los trabajadores y la peligrosidad de las actividades, con el alcance que se determine en las disposiciones a que se refiere el artículo 6.1.e) de esta Ley. La misma posibilidad se reconoce al empresario que, cumpliendo tales requisitos, ocupe hasta 25 trabajadores, siempre y cuando la empresa disponga de un único centro de trabajo.»
Dos. Se añade una Disposición adicional decimoséptima con la siguiente redacción:
«Disposición adicional decimoséptima. Asesoramiento técnico a las empresas de hasta veinticinco trabajadores.
En cumplimiento del apartado 5 del artículo 5 y de los artículos 7 y 8 de esta Ley, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en colaboración con las Comunidades Autónomas y los agentes sociales, prestarán un asesoramiento técnico específico en materia de seguridad y salud en el trabajo a las empresas de hasta veinticinco trabajadores.
Esta actuación consistirá en el diseño y puesta en marcha de un sistema dirigido a facilitar al empresario el asesoramiento necesario para la organización de sus actividades preventivas, impulsando el cumplimiento efectivo de las obligaciones preventivas de forma simplificada.»"


Prevención de riesgos en la Pesca con artes de enmalle

Publicada por el ISSGA la  Folla de prevención nº 29. Prevención de riesgos en la pesca con artes de enmalle (con red).






Esta hoja contiene información de interés sobre los tipos de artes de enmalle y la forma de faenar, incidiendo en los riesgos y medidas preventivas específicos del enmalle; también incluye un vocabulario náutico-pesquero.
Su autora es Paula Pardo Fernández, técnica Superior en Prevención de Riesgos Laborales del servicio de prevención mancomunado Mar Seguro de Galicia
 ir a la Folla de Prevención nº 29  

Guia de Prevención de riesgos laborales en los sectores de pesca, marisqueo y acuicultura



Primera guía técnica de prevención de riesgos laborales en el sector de la bajura, dirigida a los trabajadores que están organizados dentro de las cofradías de pescadores de Galicia.
En concreto, está destinada a los sectores de la pesca, marisqueo y acuicultura que aglutina alrededor de 15.000 personas con unas características especiales de trabajo en Galicia.

La guía se estructura en tres bloques. El primero hace referencia a cuestiones legislativas y conceptos generales de la prevención de riesgos laborales; el segundo se centra en exponer las diferentes artes de pesca de bajura, marisqueo y acuicultura que existen y los riesgos asociados a ellos así como sus posibles soluciones.

En el último apartado de la guía se exponen fórmulas para abordar situaciones de emergencias y consejos sobre primeros auxilios.

La publicación fue elaborada por técnicos de prevención del Servicio Mancomunado Mar Seguro de Galicia y del ISSGA, y está disponible en gallego y en español.
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